Cancelación del vuelo

La normativa europea establece que en caso que la línea aérea cancele un vuelo, los pasajeros afectados tienen derecho a información, asistencia, a reembolso o transporte alternativo y a una compensación económica en determinados casos.

La normativa europea señala que existe derecho a obtener una compensación económica en caso de cancelación, excepto que la compañía aérea haya:

  • Informado respecto a la cancelación con al menos dos semanas de anticipación.
  • Que haya informado con entre dos semanas y siete días de anticipación a la salida del vuelo, ofreciendo además un transporte alternativo que permita a los pasajeros salir con a) no más de dos horas antes del horario original de los pasajes comprados, y b) llegar al destino final con no más de cuatro horas de retraso respecto a lo previsto en los pasajes inicialmente comprados.
  • Que se haya informado con siete o menos días de antelación, habiendo ofrecido un transporte alternativo que permita salir a los pasajeros afectados con a) no más de una hora antes del horario original de los pasajes comprados, y b) llegar al destino final con no más de dos horas de retraso respecto a lo previsto en los pasajes comprados.

En todo caso, aunque el cumplimiento de estas condiciones permite a las compañías aéreas eximirse del pago de una compensación, corresponderá siempre al pasajero afectado decidir aceptar o no estas nuevas condiciones del vuelo. En caso de decidir no tomar el vuelo, el pasajero tiene derecho a exigir el reembolso del pasaje aéreo.

Cabe recordar que, para ampararse bajo la normativa europea, el vuelo debe ser

a) Intracomunitario (esto es entre dos países pertenecientes a la Unión Europea), o bien
b) El aeropuerto de salida debe situarse dentro de la Unión Europea aunque el aeropuerto de destino se encuentre fuera de la Unión Europea, o
c) Aunque el aeropuerto de salida se encuentre fuera de la Unión Europea, la compañía aérea que realiza el vuelo sea una compañía de bandera europea.

Además, la razón de la incidencia no se puede deber a circunstancias extraordinarias que excedan al control de la compañía aérea.

En caso que se den las condiciones anteriormente descritas, y en consecuencia el pasajero tenga derecho a una compensación, ésta se fija en:

  • 250€ si el vuelo cubre una distancia inferior a los 1.500 kilómetros
  • 400€ si el vuelo cubre una distancia entre 1.500 y 3.500 kilómetros
  • 600€ si el vuelo cubre una distancia superior a los 3.500 kilómetros

El derecho a obtener estas compensaciones se establece sin obligación de probar un daño. Sin embargo, si Usted ha sufrido un daño cuantificable, también podremos reclamar estos daños de acuerdo al Convenio de Montreal del año 1999.

Reclamación de compensación

Podemos reclamar estas compensaciones, somos expertos en hacerlo. Por favor envíenos sus datos y nos pondremos en contacto con Usted para estudiar en detalle su situación. Este estudio inicial no tiene costo alguno para Usted, y en caso que consideremos que sus pretensiones estén sustentadas de acuerdo a la normativa europea, tramitaremos su reclamación, también sin cargos, de manera extrajudicial e incluso judicialmente.

Sólo si finalmente Usted recibe una indemnización descontaremos de dicha compensación nuestros honorarios, equivalentes a un 25% + IVA del importe finalmente obtenido, garantizándole que si usted no recibe su compensación, nosotros no le haremos cargo alguno por todo el proceso. Recuerde que nosotros le cobramos sólo cuando usted reciba su dinero. Cobramos sólo si a Usted le pagan.

Reclame con Nosotros

Los documentos que serán necesarios durante el proceso son:

  • Tarjeta de embarque del o los pasajeros afectados
  • Billetes originales o ruta de vuelo emitida por correo electrónico, en donde constan los números de vuelos originales.
  • Copia de la reclamación a la compañía aérea, timbrada (si ésta ya se ha realizado).
  • Facturas, boletas, comprobantes o cualquier otro documento que acredite perjuicios a consecuencia de la cancelación.
  • Un poder para poder representarlo ante la compañía aérea, cuyo borrador le haremos llegar.

Recomendaciones sobre qué hacer en caso de producirse la cancelación de su vuelo:

  • Guarde el billete de avión/reserva del vuelo
  • Guarde su tarjeta de embarque original, en caso de haber hecho ya el check in
  • Aunque se lo pidan, no entregar ningún documento original a la línea aérea
  • Conserve todos los tickets, boletas y/o facturas de gastos en que incurra debido a la cancelación: alimentos, taxis, hoteles, etc.
  • Reclamación formal a la compañía con copia timbrada